jueves, 5 de abril de 2007

El Ángel que cayó del cielo…


“Yo ví a Satanás como cayendo brillantemente del cielo” (San Lucas 10. 18)

El Capellán del Ejército, Padre Miguel Ángel Regueiro fue procesado por una causa enmarcada en el delito de crímenes de lesa humanidad. De “Cruel coerción” califica el Juez Federal de San Nicolás Villafuerte Ruzo la conducta por la cual se le imputa la privación ilegal de un menor en mayo de 1977.

Miguel Ángel Regueiro, ex – capellán militar durante la última dictadura fue procesado por el Juez Federal de San Nicolás de los Arroyos, por una causa relacionada con los crímenes de lesa humanidad perpetrados en aquellos años.

Concretamente la calificación legal que le imputa el magistrado en sus fundamentos “[…] concluye que los elementos probatorios reseñados y valorados hasta aquí, alcanzan para tener por acreditada la conducta típica antijurídica y culpable atribuida a Miguel Ángel Regueiro, siendo ella la privación ilegal de la libertad, agravada por mediar violencia, de Carlos Fernando Alvira,[...]” (entonces un menor de nueve meses de edad).

El dictamen del Juez Federal está fechado el 23 de Marzo del corriente año. Cabe recordar que tras ser detenido en Córdoba el lunes 12 de febrero, y trasladado a las dependencias de la delegación San Nicolás de la Policía Federal. Al día siguiente prestó declaración indagatoria. A diferencia de los militares imputados, el sacerdote no se acogió al derecho constitucional de negarse a declarar. Seguramente su soberbia le impidió ver la magnitud de los delitos que se le atribuyen.

Durante cuatro horas expuso su inocencia en relación a la desaparición del matrimonio compuesto por María Cristina Alvira y Horacio Arístides Martinez, y de la cuñada de Martinez, Raquel Rosa Alvira además de la privación ilegal de la libertad del menor Carlos Fernando Alvira . Pero por otra parte admitió haber intervenido en otro caso de dos niños (de dos años y el otro de meses de edad) de los cuales no dio nombres pero sí precisiones que permitieron con posterioridad ubicar a los familiares de la desaparecida María Regina Spotti, madre de los dos menores en cuestión.

En consecuencia el Fiscal Subrogante Juan Patricio Murray solicitó inmediatamente la ampliación de la indagatoria para el capellán Regueiro. La Audiencia se suspendió ante un llamativo problema de salud manifestado por el religioso.

A pesar de expresar que no conocía a las personas por las que está imputado y aduciendo “que yo nunca he actuado fuera de mi condición de sacerdote”. En los autos de procesamiento el magistrado sostiene que el niño fue retenido, no contra su voluntad (no tenía un año de vida) sino contra la voluntad de sus familiares directos, quienes solicitaban se los entregara para su guarda.

Y dice textualmente: “El niño, virtualmente preso, solo recuperó literalmente su ‘libertad’, mediante el reconocimiento explícito de sus abuelos –firmando un acta- de la supuesta actividad ilícita en la que estaban inmersos sus hijas. Esa cruel coerción, no hace más que graficar la dramática situación imperante es esa etapa negra de nuestra vida institucional, de la cual –atento al plexo procesal de autos- el Padre Miguel Ángel Regueiro no era ajeno”

Basta citar el testimonio de un familiar de aquél niño, Fernado Alvira, hoy un joven docente, querellante en la causa por la desaparición de sus padres:

La abuela del niño fue conducida en un auto acompañada por el Capellán del Ejército, Padre Miguel Ángel Regueiro: “ […] salieron de la zona urbana de San Nicolás hasta una zona que no está muy poblada, que allí los recibió un monja con acento santiagueño, que había muchas cunas con niños y mi mamá enseguida reconoció a su nieto, y dijo ‘Fernando!!!’ y la monja dijo ‘¿Ahhh, tenía nombre?’

Que llevaron al bebé en el auto, otra vez, y en el camino su madre también le exigía al Padre Regueiro que le dieran noticias de sus hijas, y el Cura decía ‘que las hijas eran delincuentes y que tenían planeados matarlo al Teniente Coronel y a él’. Que su madre lloraba y nunca pudo entender la dureza con que el cura los trató, sobrándola y maltratándola.

Una vez nuevamente en el regimiento, el Mayor Ricardes obligó a su padre a firmar un documento, que más o menos –según su padre- acusaba a sus hijas de delincuentes, amenazándolo con no entregarle al niño, motivo por el cual tuvo que suscribirla, ya que a su nieto lo llevaban adentro y les decían –amenazándolo- que si no lo firmaba no lo iba a ver nunca más. Que esta maniobra de llevarse dentro al bebé, era realizada por el Padre Miguel Ángel Regueiro, según dichos de sus padres que la testigo escuchó mencionar muchas veces…”

Hay quienes sostienen que “cumplió órdenes porque además de sacerdote era militar”. Sin embargo, en los fundamentos del procesamiento del capellán, el Juez Federal cita a la Cámara Federal de Rosario en la causa “Guerrieri, Pascual y otros” en las que afirma:

“Los miembros de las fuerzas armadas están moralmente obligados a oponerse a las órdenes que prescriben cumplir crímenes contra el derecho de gentes y sus principios universales. Los militares son plenamente responsables de los actos que realizan violando los derechos de las personas y de los pueblos o las normas del derecho internacional humanitario. Estos actos no se pueden justificar con el motivo de la obediencia a órdenes superiores.” (Pontificio Consejo Justicia y Paz, Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, Conferencia Episcopal Argentina, 2005, Nº 503)

También dicen sus amigos, que cumplió con su “deber de caridad” al intervenir como mediador en estos casos calificados jurídicamente como “privación ilegal de la libertad”. Lo único que cabe pensar es que es la soberbia lo que les impide ver que fueron cómplices y partícipes de delitos aberrantes.

Santo Tomás de Aquino consideraba que la soberbia es el primero de los siete pecados capitales.

¿Pero qué es el Pecado? Para los griegos ‘pecado’ se decía hamartia: ‘fallo de la meta, no dar en el blanco’. Aludía al concepto de vivir al margen de lo esencial debido a una actitud errónea no consciente. Antes que los griegos y con anterioridad al arameo el término pecado tenía el significado de ‘olvido’. Olvido de algo que estaba presente, "olvido" como dejar a un lado. No tener presente a algo o alguien que en ese momento, por diversas razones, se lo dejaba a un costado.

Haciendo referencia a este concepto de olvido, es más probable que el pecado que se comete sea el de la soberbia (principio de todo pecado), donde la persona en cuestión se olvida de Dios en sus acciones. Lo deja a un costado y actúa de manera individual, por sí mismo, sin tener en cuenta que Dios todo lo rige, y que el hombre es un propio instrumento de su Divina Voluntad, quedando por supuesto, a su propio albedrío, el seguir su Voz, o no.

“Yo ví a Satanás como cayendo brillantemente del cielo”(Lc. 10, 18) Basta recordar este pasaje de San Lucas cuando los discípulos regresan pletóricos y triunfales ante Jesús y este les advierte que por el pecado de la soberbia fue que a Lucifer lo apartaron del Cielo.

Parece que Miguel Ángel Regueiro cayó del cielo. Ojalá se de cuenta y que la Justicia de los hombres se cumpla. Hace 30 años que con Carlos Fernando Alvira estamos luchando para que así sea.

José María Budassi
Secretaría de Derechos Humanos (Suteba – CTA de San Nicolás)
Para publicar en Tiempo Latinoamericano Nº84 (Córdoba)

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